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- 4% del IVA.Para la adquisición de vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida reconocida.
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Exención del Impuesto de Matriculación y del Impuesto de Circulación.
Para los vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad y que estén destinados exclusivamente para ese uso. Tanto para los vehículos conducidos por personas con discapacidad reconocida, como para aquellos destinados a su transporte.